#Notas

Justicia patriarcal, con los ojos bien abiertos

9 Minutos de lectura

Por Camila Giugovaz.

Recuerdo que, a los pocos días de que todo el país se conmoviera por el asesinato de Lucía Pérez Montero, lo ví a Guillermo, su papá, en uno de los noticieros de mi ciudad, que también era la ciudad de Lucía. Lo escuché decir, con la voz quebrada, que su hija no se drogaba, que era buena alumna, que no salía de noche. Y pensé: ¿por qué?, ¿por qué este pobre padre en su inmenso dolor tiene que salir a decir esto? Como si existiera algún justificativo para violar o matar. ¿Y si era mala alumna? ¿Y si se drogaba y salía de noche? ¿Qué? ¿Se merecía morir? Pero en el fondo, todas las mujeres sabemos que si algún día nos pasa algo, para que alguien pida justicia por nosotras tenemos que ser buenas víctimas.

Por desgracia, nunca se es lo suficientemente buena víctima cuando sos mujer. ¿Y qué hacía sola con dos hombres? ¿Por qué fue a la casa de uno de ellos? ¿Por qué le mandó un mensaje para verse? ¿Por qué tenía relaciones con hombres mayores que ella? La historia repetida de la víctima que se lo buscó quedó plasmada a lo largo del fallo que absolvió a los tres imputados.

Pero el fracaso de la justicia en el caso de Lucía comenzó mucho antes del fallo. La fiscal a cargo, María Isabel Sánchez, quien ya había sido criticada tanto por el Juez de Garantías que avaló la elevación a juicio como por la Cámara de Apelaciones que la confirmó, y ahora por el Tribunal que pidió a la Procuración que se la investigue, cometió una serie de errores e impericias gravísimas que, difícilmente, puedan ser subsanadas en etapas posteriores. Así, por ejemplo, no concurrió a la autopsia de la menor. No tomó ella las primeras declaraciones de los imputados. No concurrió a los allanamientos de los domicilios. Manejó un caso de extrema gravedad -la muerte de una menor en circunstancias, por lo menos, oscuras- por celular, desde su escritorio. Pero salió a decir en una conferencia de prensa con medios nacionales, sin tapujos y sacando conclusiones apresuradas, que Lucía había sufrido una agresión inhumana, que la habían violado y empalado, que había muerto por reflejo vaso-vagal (básicamente, de dolor) y que habían lavado su cuerpo antes de dejarla en la salita y desaparecer.

Prácticamente, ninguna de estas afirmaciones pudo ser probada en el debate oral. Según la última autopsia realizada por una junta médica de cinco peritos de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires, la causa más probable de la muerte de Lucía fue una asfixia tóxica provocada por el consumo de cocaína. Fueron tajantes al responder que de ninguna manera había sido empalada, ya que no existían lesiones internas. Del mismo modo afirmaron que no era posible que su cuerpo haya sido lavado o acondicionado previo a llevarla a la salita, ya que de haber sido así no habría podido dar positivo el hisopado de cocaína.

 

«Aún teniendo este último informe pericial, y agotándose ya el tiempo de la instrucción, la fiscal pidió la elevación a juicio basada en su primera hipótesis, aquella que manifestó en la desacertada e irresponsable conferencia de prensa que brindó a los pocos días de la muerte de Lucía»

 

Respecto al abuso sexual, los peritos coincidieron en que no había lesiones compatibles con el mismo, aunque sí signos de brusquedad (sic). Descartaron también que haya agonizado. Por otra parte, y de acuerdo al testimonio de un policía y un médico que se encontraban allí, quedó probado que Matías Farías se quedó en la sala y prestó la colaboración que le solicitaron.

Aún teniendo este último informe pericial, y agotándose ya el tiempo de la instrucción, la fiscal pidió la elevación a juicio basada en su primera hipótesis, aquella que manifestó en la desacertada e irresponsable conferencia de prensa que brindó a los pocos días de la muerte de Lucía. Así, imputó a Farías por abuso sexual con acceso carnal agravado por la provisión de estupefacientes en concurso ideal con femicidio, a Offidani como partícipe necesario de ese hecho y a Maciel por encubrimiento agravado. A los días de solicitar la elevación a juicio, se retiró de su cargo por licencia psiquiátrica para no reaparecer jamás. Así las cosas, el fiscal que la reemplazó tuvo que intentar demostrar una hipótesis casi sin pruebas a su favor, cargando a cuestas con una instrucción más que negligente y con la imposibilidad de modificar el relato de los hechos ya que esto hubiese significado un menoscabo en el derecho de defensa de los imputados. Porque sí, hasta el más deleznable de los criminales tiene derecho a tener un juicio justo y una defensa, y el requisito mínimo es que el hecho que se le imputa sea claro, estando esta tarea a cargo del Ministerio Público Fiscal, puesto que en provincia de Buenos Aires rige un proceso penal acusatorio, no inquisitorio.

Pero no fue únicamente la fiscal la que empantanó el devenir de la causa. Los médicos de la policía que llevaron a cabo la primera autopsia, la Dra. Claudia Carrizo y el eviscerador José Luis Badami, cometieron también errores inexplicables. La Dra. Carrizo dijo frente al Tribunal que varios detalles “le habían llamado la atención”, por ejemplo, la dilatación anal, sin embargo, no la midió. Tampoco pudo explicar por qué no tomó muestras del polvillo que se veía sobre el cuerpo en las fotografías de la autopsia; se excusó con que posiblemente fuera polvo de los guantes de látex, que por protocolo no deberían cambiarse sobre el cuerpo. Además, tomó una muestra defectuosa del cabello de la víctima, motivo por el cual no pudo establecerse con precisión la data (fecha) del consumo de cocaína. Finalmente, aclaró que jamás le manifestó a la fiscal Sánchez que Lucía hubiese sido empalada y que de hecho no consignó tal circunstancia en el informe. El técnico eviscerador, quien había manifestado que les pareció (a ambos) que el cuerpo estaba “muy limpito” y que “no tenía olor a sexo”, terminó por decir que tenía puesto un barbijo que no le permitía sentir olores y que no había querido decir que el cuerpo hubiese sido lavado sino simplemente que estaba limpio, reconociendo que tenía sentido que el cabello estuviera seco además porque recibieron el cuerpo el día después. Otro detalle que reveló la causa es que jamás se asentó el ingreso de Lucía en el libro de la salita. El informe hecho por el Dr. De la Colina, subsecretario de salud municipal, que se encontraba a cargo de la salita ese día, fue duramente criticado por la junta de peritos por inexacto y confuso. Además, se pudo saber por el testimonio de la coordinadora de la salita que luego de firmar dejando en blanco la causal de defunción en el certificado, el Dr. De la Colina pidió que lo destruyeran, orden que afortunadamente no fue acatada y se procedió a anularlo. Creo que le asiste mucha razón al Dr. Gómez Urso cuando en el fallo expresa que “con operadores judiciales como Sánchez, Badami y Carrizo el sistema judicial no mejorará y seguirá siendo pasible de críticas”.

 

«Pero no fue únicamente la fiscal la que empantanó el devenir de la causa. Los médicos de la policía que llevaron a cabo la primera autopsia, la Dra. Claudia Carrizo y el eviscerador José Luis Badami, cometieron también errores inexplicables. La Dra. Carrizo dijo frente al Tribunal que varios detalles “le habían llamado la atención”, por ejemplo, la dilatación anal, sin embargo, no la midió»

 

Con todo este bagaje de errores, negligencias, impericias e irresponsabilidades se llega al veredicto que fue leído el 26 de noviembre pasado. Un fallo absolutorio respecto al abuso sexual y al femicidio, que no hizo más que revictimizar a la víctima y a su familia, juzgando –o más bien prejuzgando- la vida de Lucía bajo preceptos claramente machistas y con una falta de perspectiva de género que no encuentra justificación alguna en la cuestión probatoria. Cabe aquí recordar que cuando Laurana Malacalza, Coordinadora del Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría de la Provincia de Buenos Aires, durante una de las audiencias explicó que “la subordinación de la mujer es una cuestión histórica”, fue interrumpida por el presidente del Tribunal Oral en lo Criminal N°1, que le espetó “¿A qué se refiere con que es histórica? ¿De dónde saca eso? ¿Es una teoría suya?”. Luego, otro de los jueces del Tribunal agregó: “Acá hay una defensora que es mujer, una secretaria de juzgado que es mujer. Acá hay mujeres que lograron acceder a lugares de poder. Está usted, que tiene un montón de títulos. Tuvimos una mujer presidente, tenemos una Gobernadora. Esa brecha hoy no existe.”

Un detalle: en Mar del Plata hay cuatro tribunales orales en lo criminal, un total de doce magistrados: sólo una es mujer. La justicia se aleja bastante de la imagen de la diosa Themis, una mujer con los ojos vendados, y se parece más a un hombre patriarcal con los ojos bien abiertos. Y es también importante destacar que es obligación del Estado argentino que esta situación cambie, ya que nos encontramos comprometidos por tratados internacionales como la Convención de Belem do Pará (MESECVI) y la  Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

Retomando el fallo, vemos que para fundar sus votos los jueces se remiten mayormente a chats de Lucía, algunos de los cuales datan de seis meses anteriores al hecho, donde manifiesta, por ejemplo, haber tenido relaciones sexuales con algunos hombres mayores que ella. Lucía, como toda mujer, no fue del todo buena víctima. Le iba bien en el colegio, pero tenía 20 faltas. Era buena hija, pero sus papás no sabían que consumía estupefacientes, porque no les contaba. Era menor, pero tampoco tan chica, porque salía con hombres mayores. No tenía ingresos propios, pero tampoco se prostituía para conseguir droga. Tenía relaciones sexuales con hombres que apenas conocía. Ella mandó el mensaje para que se vieran. Endilgándole, solapadamente, culpas, y a puro prejuicio, construyeron una imagen de Lucía como una mujer libre, determinada, de personalidad fuerte, que jamás podría haber sido sometida, una súper adolescente que no pudo verse vulnerada ni siquiera por el hecho de que tenía una cierta dependencia al consumo de estupefacientes. Algunas de las características que le asignan de forma tan tajante tienen como fundamento únicamente un mensaje. Por ejemplo, en uno de los chats le cuenta a un amigo que ya se había enfrentado a una situación en la cual un dealer quiso abusar sexualmente de ella, pero, como pudo escapar, esa vez seguro habría podido escapar esta. Conclusiones que no resisten un análisis lógico.

Por otro lado, en el único considerando que dedican a Farías, solamente analizan sus chats del día anterior, precisamente el día que conoció a Lucía. Quizás hubiese sido más importante analizar si, por ejemplo, Farías alguna vez antes había utilizado su condición de vendedor de estupefacientes para entablar relaciones con otras adolescentes menores, aprovechándose de la vulnerabilidad de éstas. Pero con el mismo nivel de análisis superficial con el que dicen que Lucía no pudo haber tenido relaciones sin su consentimiento, afirman que Farías no puede ser un abusador sexual porque compró una Cindor y facturas.

 

Ilustración: Antonio Castiñeira.

 

Y es la falta de perspectiva de género la que los lleva a concluir que Lucía consintió esa relación porque ya había consentido otras, como si todas las situaciones fueran análogas, como si el consentimiento se diera una sola vez en la vida. También es la que los lleva a afirmar que un abusador no tiene conductas como comprar algo para merendar, porque en el imaginario de muchos un violador sólo puede ser un psicópata que te aborda a la noche en un callejón oscuro, no puede ser un conocido, alguien con quien quisiste pasar un buen momento, que ganó tu confianza pero luego decidió no respetarte. Y nadie te va a creer que sufriste un abuso sexual si no hay lesiones de resistencia, porque no importa si estás amenazada de muerte, más vale que te resistas porque sino tanto no te disgustaba, como le sugirió uno de los jueces del caso de “La manada” de España a la víctima. Y es mejor que no uses ropa interior de encaje, porque hace poco tiempo en Irlanda absolvieron a un violador porque consideraron que eso equivalía a prestar tu consentimiento. Y si tu marido te apuñala, ojalá que no lo haga pronunciando la frase “te vas a acordar de mí”, porque el Superior Tribunal de Chubut lo consideró un atenuante: no la iba a matar, ¿sino cómo se iba a acordar de él? Y si aparecés muerta en una bolsa, ojalá seas blanca, clase media y estudiosa, como las buenas víctimas, si no el gran diario argentino titulará sobre vos que eras “una fanática de los boliches, que abandonó la secundaria”, como si tu vida no valiera nada.

 

«En el único considerando que dedican a Farías, solamente analizan sus chats del día anterior, precisamente el día que conoció a Lucía. Quizás hubiese sido más importante analizar si, por ejemplo, Farías alguna vez antes había utilizado su condición de vendedor de estupefacientes para entablar relaciones con otras adolescentes menores»

 

Fallos como el del caso de Lucía, que basan sus fundamentos en apreciaciones sexistas y discriminatorias sobre la vida privada de la víctima, dan por sentado premisas peligrosas que pueden interpretarse como una garantía de impunidad en el juzgamiento de crímenes sexuales. Será justicia cuando sea con perspectiva de género.

 

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